El presidente de ese grupo de trabajo, Alberto de Belaunde, señaló que lo aprobado hoy permitirá que muchas conductas asociadas a la violencia contra la mujer puedan por fin ser sancionadas penalmente y así enfrentar, de manera eficaz, este problema.
Estos proyectos otorgarán mayor protección a las mujeres y los integrantes del grupo familiar: ahora los daños a la salud incluyen tanto el daño físico como mental, modifica también la cantidad de días de descanso para considerar a una lesión como falta, como delito y como grave.
También precisa la lista de posibles víctimas en los delitos de lesiones graves por violencia contra las mujeres; lesiones leves y maltrato.
Asimismo ahora ya no será necesario que la víctima cumpla con tener una relación con el agresor y a la vez sea violentada en un contexto de feminicidio, para poder sancionar como lesión leve agravada, sino que será suficiente tan solo alguno de estos dos.
Además se tipifican las lesiones graves por violencia contra las mujeres, de modo que cuando concurran dos o más circunstancias agravantes se pueda contemplar un mínimo y un máximo de la pena. También se estandarizan las circunstancias agravantes para estos tipos penales.
En cuanto al Código de los Niños y Adolescentes, se propone que los denunciados y sentenciados en los delitos de lesiones leves y graves pierdan o se les suspenda la patria potestad.
Trata de personas
De Belaunde ha señalado en reiteradas oportunidades que la trata de personas es una de las más graves violaciones a los derechos humanos, ya que instrumentaliza al ser humano víctima de este delito y lo reduce a un objeto que puede ser materia de captación, retención, venta o explotación.
Este nuevo marco normativo sanciona con mayor especificación todas las conductas vinculadas con la trata.
Así, se sancionará a quienes se beneficien, gestionen, promuevan, favorezcan, exploten y se sirvan de este delito.
Ahora se le podrá otorgar facultad al Fiscal para la “Intervención y Control de Comunicaciones y Documentos Privados en Caso Excepcional”, y adecua la normatividad penal de ejecución penal y otras normas conexas, a efectos de combatir con eficacia los diferentes delitos de explotación sexual de las personas.
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