- Presidente del Poder Judicial, Duberlí Rodríguez, advierte que colapso de Odebrecht beneficia a los corruptos.
El colapso económico de Odebrecht en el Perú dejó la colaboración judicial de la empresa, en palabras del fiscal de la Nación, Pablo Sánchez, en ‘stand by’.
Si bien ante la alarma, el fiscal anticorrupción Hamilton Castro, aseguró que el proceso de colaboración ‘sigue en pie’, lo que representantes de la empresa confirmaron y plantean un escenario mucho más preocupante.
Hay que recordar que la veta abierta en el caso del Callao tiene como piedra angular la información proporcionada por otro ejecutivo brasileño de la empresa. Pero la confirmación, la semana pasada, de la interrupción de la cadena de pagos a los proveedores por más de S/ 100 millones y la situación incierta de casi 7 mil trabajadores también pone en cuestión la eficacia del Decreto de Urgencia 003, emitido por el Ejecutivo, que dispone una serie de drásticas medidas destinadas a asegurar la reparación al Estado.
Un torniquete donde aprietan sectores del gobierno, el Congreso, la propia Fiscalía y los medios, además de la Procuraduría ad hoc que hasta ahora no negocia un monto de reparación, y que tiene la continuidad de la colaboración eficaz de Odebrecht en cuidados intensivos.
El presidente del Poder Judicial, Duberlí Rodríguez, toma distancia de ese coro.
¿Cuál es su opinión de lo ocurrido con Odebrecht?
Aún cuando no me compete diseñar la estrategia de la investigación, la que le corresponde al Ministerio Público, ni tengo injerencia en las decisiones del Ejecutivo, considero a título particular que tanto la Fiscalía como el gobierno podrían brindar ciertas facilidades. En primer lugar, a las personas comprometidas para que se sometan a la colaboración eficaz. La Fiscalía y el gobierno deben invitar a la empresa a que brinde toda la información que tiene. Las empresas no son tan ingenuas para tener toda su información en un disco duro o en la contabilidad de la empresa. Ahora la almacenan incluso de modo encriptado.
¿Allanar oficinas no basta?
En absoluto. ¿Quién tiene la información? La empresa. Si no somos flexibles en cierto modo, no se va a sentir incentivada para brindar toda la información que tiene. ¿Por qué? Porque todo es represalia contra la empresa. Le cierran los contratos, le impiden seguir trabajando. Yo me pregunto: ¿Eso a quién beneficia?Precisamente a las personas involucradas que estarán rogando que la empresa no entregue toda la información que tiene. Aunque fuera de buena fe, estaríamos contribuyendo con la impunidad. ¿Aquellos envalentonados que dicen ‘nada con las empresas corruptas’, no estarán más bien alentando a que no brinde toda la información que tiene y eso termine beneficiando a los corruptos? Es una opinión estrictamente personal.
En absoluto. ¿Quién tiene la información? La empresa. Si no somos flexibles en cierto modo, no se va a sentir incentivada para brindar toda la información que tiene. ¿Por qué? Porque todo es represalia contra la empresa. Le cierran los contratos, le impiden seguir trabajando. Yo me pregunto: ¿Eso a quién beneficia?Precisamente a las personas involucradas que estarán rogando que la empresa no entregue toda la información que tiene. Aunque fuera de buena fe, estaríamos contribuyendo con la impunidad. ¿Aquellos envalentonados que dicen ‘nada con las empresas corruptas’, no estarán más bien alentando a que no brinde toda la información que tiene y eso termine beneficiando a los corruptos? Es una opinión estrictamente personal.
Cuando usted recibió al juez Sergio Moro, titular del caso Lava Jato en Brasil, ¿trajo el mensaje: no maten al ‘cantante’?
Él lo dijo claramente. Dijo que ya tenemos un hilo, pero si queremos el ovillo pues no podemos cerrarle las puertas ni a los colaboradores eficaces ni las personas jurídicas. Pero yo no soy el que decidirá la estrategia de la Fiscalía ni la del Estado.
Él lo dijo claramente. Dijo que ya tenemos un hilo, pero si queremos el ovillo pues no podemos cerrarle las puertas ni a los colaboradores eficaces ni las personas jurídicas. Pero yo no soy el que decidirá la estrategia de la Fiscalía ni la del Estado.
¿Qué dice la legislación peruana?
En el Perú no tenemos responsabilidad penal de las personas jurídicas pero eso no significa que sean intocables. El Código Procesal Penal establece las sanciones, penas y castigos para los colaboradores de la justicia. En su artículo 105 hay un capítulo que se llama Consecuencias Accesorias. ¿Qué significa? Que cuando las personas jurídicas resultan implicadas en un ilícito penal también pueden ser castigadas. Si el hecho punible se diera en la actividad de cualquier persona jurídica, el juez puede desde clausurar sus establecimientos hasta imponer multas. Cuando alguna de estas medidas –que incluye la disolución que sería una suerte de pena de muerte– fuera aplicada, el juez ordenará a la autoridad competente que disponga la intervención de la persona jurídica para salvaguardar los derechos de los trabajadores y los acreedores hasta por un período de dos años. Yo pregunto: ¿esta norma se está respetando? Lo dejo como interrogante porque aquí resulta que se están tomando sanciones como si ya hubiera terminado el proceso y como si ya el juez hubiera tomado alguna de estas medidas.
En el Perú no tenemos responsabilidad penal de las personas jurídicas pero eso no significa que sean intocables. El Código Procesal Penal establece las sanciones, penas y castigos para los colaboradores de la justicia. En su artículo 105 hay un capítulo que se llama Consecuencias Accesorias. ¿Qué significa? Que cuando las personas jurídicas resultan implicadas en un ilícito penal también pueden ser castigadas. Si el hecho punible se diera en la actividad de cualquier persona jurídica, el juez puede desde clausurar sus establecimientos hasta imponer multas. Cuando alguna de estas medidas –que incluye la disolución que sería una suerte de pena de muerte– fuera aplicada, el juez ordenará a la autoridad competente que disponga la intervención de la persona jurídica para salvaguardar los derechos de los trabajadores y los acreedores hasta por un período de dos años. Yo pregunto: ¿esta norma se está respetando? Lo dejo como interrogante porque aquí resulta que se están tomando sanciones como si ya hubiera terminado el proceso y como si ya el juez hubiera tomado alguna de estas medidas.
¿Se empezó por lo último?
Así es. Perfectamente se puede embargar, por ejemplo, pero no significa paralizar la empresa, sino asegurar los fines de una probable reparación civil, que incluso la pueden negociar. Hagan uso de lo que dice el Código Penal porque hay que cautelar derechos de trabajadores y acreedores. ¿Cómo la persona jurídica va a honrar y cumplir sus obligaciones si la cierran? No se es más ‘anticorrupción’ por el hecho de pedir la muerte del corrupto, sino cuál es la medida más eficaz para obtener un mejor resultado, descubrir desde dentro las entrañas de la corrupción y hasta dónde llegaron sus tentáculos.
Así es. Perfectamente se puede embargar, por ejemplo, pero no significa paralizar la empresa, sino asegurar los fines de una probable reparación civil, que incluso la pueden negociar. Hagan uso de lo que dice el Código Penal porque hay que cautelar derechos de trabajadores y acreedores. ¿Cómo la persona jurídica va a honrar y cumplir sus obligaciones si la cierran? No se es más ‘anticorrupción’ por el hecho de pedir la muerte del corrupto, sino cuál es la medida más eficaz para obtener un mejor resultado, descubrir desde dentro las entrañas de la corrupción y hasta dónde llegaron sus tentáculos.
¿El hecho que no tengamos legislación de leniencia corporativa no nos limita?
No tendría que ser. El Código Procesal dice que se puede disponer la intervención de la empresa para garantizarle los pagos a trabajadores y acreedores. Una suerte de veedor o interventor para que vea cómo van los negocios de la empresa y se vayan cubriendo los beneficios sociales y las remuneraciones de los trabajadores, y lo que le corresponde a los acreedores. Es un tema difícil, no me corresponde dar las recetas. Me ratifico en las opiniones que he dado pero también sé que me arriesgo a que digan, ah, el presidente del Poder Judicial sale en defensa de Odebrecht. Aquí estoy hablando con la ley. Eso del puro apasionamiento no sirve. Hay que usar cabeza y corazón
No tendría que ser. El Código Procesal dice que se puede disponer la intervención de la empresa para garantizarle los pagos a trabajadores y acreedores. Una suerte de veedor o interventor para que vea cómo van los negocios de la empresa y se vayan cubriendo los beneficios sociales y las remuneraciones de los trabajadores, y lo que le corresponde a los acreedores. Es un tema difícil, no me corresponde dar las recetas. Me ratifico en las opiniones que he dado pero también sé que me arriesgo a que digan, ah, el presidente del Poder Judicial sale en defensa de Odebrecht. Aquí estoy hablando con la ley. Eso del puro apasionamiento no sirve. Hay que usar cabeza y corazón
¿Cómo debía ser un Decreto de Urgencia como el 003?
Debía poner por delante a los trabajadores y acreedores.
Debía poner por delante a los trabajadores y acreedores.
¿Qué está pasando con las colaboraciones eficaces en el Perú?
Entre los peruanos no se ha solicitado nada, pese a que las personas ya están detenidas. Alguna dijo que quería someterse (n. de r.: Edwin Luyo del caso del Metro) pero entiendo que su defensa cambió de estrategia. Pueden solicitarla en cualquier momento.
Entre los peruanos no se ha solicitado nada, pese a que las personas ya están detenidas. Alguna dijo que quería someterse (n. de r.: Edwin Luyo del caso del Metro) pero entiendo que su defensa cambió de estrategia. Pueden solicitarla en cualquier momento.
¿Y Jorge Barata?
Es parte de un grupo de 78 ejecutivos de Odebrecht en Brasil y se espera que en junio se hagan públicos los contenidos de su colaboración en Brasil.
Es parte de un grupo de 78 ejecutivos de Odebrecht en Brasil y se espera que en junio se hagan públicos los contenidos de su colaboración en Brasil.
¿Una segunda tanda de confesiones?
Así es. Aquí no estamos combatiendo cualquier delito. Estamos hablando de delincuentes de cuello blanco que tienen poder político y económico. El diputado que lideró el proceso de destitución de Dilma Rousseff acaba de ser condenado a 15 años de prisión. Todo en función a los colaboradores eficaces y a la información que brindó la propia empresa en el Brasil.
Así es. Aquí no estamos combatiendo cualquier delito. Estamos hablando de delincuentes de cuello blanco que tienen poder político y económico. El diputado que lideró el proceso de destitución de Dilma Rousseff acaba de ser condenado a 15 años de prisión. Todo en función a los colaboradores eficaces y a la información que brindó la propia empresa en el Brasil.
¿Hubiera sido válido que la Fiscalía discuta su estrategia con otras instancias?
Cada institución tiene sus competencias. Pero cuando una investigación compleja está en marcha debe dejarse en libertad al Ministerio Público para que diseñe toda la estrategia. Es el dueño de la investigación, no tiene socios.
Cada institución tiene sus competencias. Pero cuando una investigación compleja está en marcha debe dejarse en libertad al Ministerio Público para que diseñe toda la estrategia. Es el dueño de la investigación, no tiene socios.
Fuete: Caretas
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